
Nulidad
¿Cuándo un matrimonio celebrado en la Iglesia Católica puede ser declarado nulo?
Un matrimonio celebrado en la Iglesia Católica para que sea válido es necesario que se lo haya efectuado respetando los aspectos de forma y fondo exigidos por el Derecho Canónico, que básicamente lo que se exige son: que las personas sean hábiles, es decir que no cuenten con impedimentos matrimoniales; y, que sean capaces para expresar su consentimiento libre y autónomamente.
Cuando esté ausente algún aspecto de forma o se haya configurado una de las causas que llevan a la nulidad, la persona que tiene esta inquietud podría presentar su demanda ante el respectivo Tribunal Eclesiástico para que proceda a revisar el caso. Luego de un proceso de valoración de pruebas testimoniales, documentales o de cualquier otra evidencia justificativa, este órgano de administración de justicia de la Iglesia podría declarar la nulidad de ese acto que tenía apariencia de matrimonio eclesiástico, pero que en la realidad no lo fue porque no existió nunca.
